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Economía

Refinanciamiento o congelamiento de deudas: ¿son realmente salvavidas financieros?

Segun cifras brindadas por la Organización Internacional de Trabajo (OIT), la pandemia por la covid-19 ha generado una pérdida de al menos 34 millones de empleos en América Latina, de los cuales 1.5 millones corresponden a Perú.

Debido a este panorama, los ciudadanos están atravesando dificultades económicas y, sin duda alguna, enfrentan la posibilidad de retrasos en el pago de sus deudas, lo cual aumentaría los intereses y comprometería los récords crediticios.

Al respecto la CEO de Grupo Kobsa -empresa peruana especializada en servicios financieros-, Ana Vera, destaca la importancia de que las cuotas por pagar no superen el 30% de los ingresos al momento de que una persona natural decida adquirir un financiamiento.

Por su parte, en el caso de las mypes, se debe considerar la proporción de los ingresos que se obtengan con las deudas, para evitar las penalidades como intereses moratorios. Todo esto con el objetivo de no caer en sobreendeudamientos, tener las tarjetas de crédito al tope o no tener capacidad de pago.

Pero ¿qué hacer cuando no se pueden pagar las deudas? En un contexto tan complicado como el actual, este escenario es real.

Según la especialista, lo primero que debe hacer es tener claro cuánto debe y a qué entidades debe.

En segundo lugar, recomienda definir su presupuesto mensual, es decir, tener claro el monto que gana, lo que debe, los gastos ‘hormiga’ que puede empezar a suprimir (el dinero que se consume innecesariamente) y establecer si está en condiciones de generar alguna capacidad de ahorro.

Ahora bien, lo ideal en una situación como esta es acercarse a la entidad financiera con la que se tiene la deuda y solicitar una reprogramación o congelamiento de esta.

El refinanciamiento de deuda es una alternativa que el banco ofrece a un deudor, cuando ya ha tenido un problema de pago. También destaca la reprogramación.

Se puede acceder a esta opción por solicitud del cliente, cuando advierte que tiene problemas para cumplir con el contrato inicial.

De este modo, se busca trazar un nuevo calendario de pago, modificar los intereses y condiciones para que el deudor pueda cumplir con las obligaciones. En otras palabras, se genera un nuevo contrato en relación con el pago de las deudas.

En la segunda figura, los bancos establecen un periodo de congelamiento de 90 días para créditos de consumo, personal, mypes y vehicular. De este modo, las cuotas que se habían solicitado se fraccionan en un nuevo préstamo, sin intereses o comisiones adicionales.

“Realmente ambas figuras pueden ser consideradas como salvavidas financieros en un contexto atípico en el que vivimos.

 

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