El informe de calificación, que proponía admitir a trámite la denuncia por presunto delito contra la administración pública en la modalidad de colusión agravada por contratación irregular de Fernando Tuesta Soldevilla como asesor del ente electoral, fue aprobado por 12 votos a favor, 8 en contra y 2 abstenciones.
La congresista Susel Paredes se remitió al artículo 99 de la Constitución, que señala a los funcionarios de posible acusación, entre los cuales no está el presidente del JNE.
“No se puede someter a este proceso al presidente del JNE, sería diferente si está en condición de juez supremo. El Congreso no puede hacer juicio político a quien realiza los procesos electorales. Él ya no está como juez supremo, está ejerciendo un cargo que no tiene nada que ver con el ejercicio del juez supremo. Pienso que no se debe admitir”, señaló Susel Paredes,
La parlamentaria agregó que la ley de presupuesto del año 2017 autorizó al organismo electoral a exonerarse de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, a efectos de realizar contratación de servicios necesarios para procesos electorales de ese año. “La ley de presupuesto lo está autorizando expresamente”, anotó.
El parlamentario Alex Paredes también se pronunció en esta línea. Dijo que Salas Arenas perdió la condición de juez supremo al ocupar la presidencia del JNE y que se estaría forzando la ley.
“Si aquí se trata de resolver responsabilidades, entonces son del presidente del JNE, que los habría cometido como tal, no como miembro del Poder Judicial, eso se debe considerar”, sostuvo.
Los congresistas José Cueto y Martha Moyano defendieron la admisión de la denuncia.
“El presidente del JNE es un juez supremo y le corresponde la denuncia. No le correspondería si fuera cualquier juez, es supremo. Acaba su gestión y regresa a serlo. Por tanto, le corresponde juicio y antejuicio”, alegó Martha Moyano.
Fuente: La República