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Patricia Benavides: PJ ordena archivar definitivamente amparo contra la JNJ

Quinto Juzgado Constitucional de Lima determinó que exfiscal de la Nación no agotó la vía previa y ordenó dar por concluido el proceso de amparo. Defensa de Patricia Benavides puede apelar decisión

Patricia Benavides y su abogado Jorge del Castillo en una sesión de la Comisión de Fiscalización del Congreso. Foto: difusión

El Poder Judicial ordenó el archivo definitivo de la acción de amparo de la suspendida exfiscal de la Nación Patricia Benavides contra la Junta Nacional de Justicia (JNJ). Extitular del Ministerio Público buscaba con su recurso anular el proceso disciplinario inmediato que se le abrió por presuntamente liderar una organización criminal.

Así lo decidió el juez Jorge Luis Ramírez Niño de Guzmán, del Quinto Juzgado Constitucional de Lima, en la resolución a la que accedió Infobae Perú, donde declara fundada la “excepción de falta de agotamiento de la vía previa”, excepción que formuló la JNJ.

La “excepción de falta de agotamiento de la vía previa” es un recurso mediante el cual la parte demandada (la Procuraduría de la Junta) cuestiona que el demandante (Patricia Benavides) no ha agotado los recursos para ejercer su derecho en sede administrativa (el proceso disciplinario).

El magistrado determinó que la defensa de la exfiscal de la Nación no cuestionó en sede administrativa la resolución de la JNJ que dispone abrir el proceso disciplinario inmediato ni la resolución que la cita a audiencia para el 6 de diciembre de 2023.

“No obra en autos que la demandante haya recurrido por dicha vía previamente a iniciar el proceso de amparo, pues resoluciones presentó su demanda de proceso de amparo contra tales actuaciones”, se lee en la resolución judicial.

El juez Jorge Luis Ramírez Niño de Guzmán, además, concluyó que tampoco se configura alguna causa establecida en el Nuevo Código Procesal Constitucional para no exigir la falta de agotamiento de la vía previa.

“Habiéndose estimado la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa (…) no es posible pronunciarse sobre el fondo del asunto. Por estos fundamentos, se resuelve: Declarar fundada la excepción de falta de agotamiento de la vía previa deducida por la demandada Junta Nacional de Justicia, en el proceso interpuesto por Patricia Benavides. En consecuencia, se declara la nulidad de todo lo actuado y concluido el proceso”, resolvió el magistrado.
Juez da por concluido amparo de Patricia Benavides sin pronunciamiento de fondoJuez da por concluido amparo de Patricia Benavides sin pronunciamiento de fondo

Además, el juez ordenó que el expediente sea archivado definitivamente una vez que la resolución sea consentida. La defensa de la exfiscal de la Nación puede interponer recurso de apelación.

Cabe precisar que este es uno de los 3 amparos que formuló Patricia Benavides contra la JNJ. Los otros dos recursos también fracasaron en primera instancia y actualmente se encuentran en apelación.

Patricia Benavides se resiste a entregar teléfono

Durante una audiencia de tutela de derechos, la fiscal suprema Delia Espinoza reveló que su despacho solicitó a Patricia Benavides que entregue su teléfono como parte de la investigación que se le sigue por presunta organización criminal. Sin embargo, hasta la fecha la exfiscal de la Nación no ha entregado el equipo.

“Si necesitan las comunicaciones con Jaime Villanueva [su exasesor y colaborador eficaz], lo ideal es que se lo pidan a él […] No podemos aceptar la entrega del teléfono sin ninguna especificación, porque dentro de un teléfono no solo se tiene temas de labores, sino información personal y familiar. Hay información que es secreta por la condición que tenía como fiscal de la Nación […] Podemos hacer la entrega del equipo siempre y cuando haya datos precisos”, dijo el abogado de Patricia Benavides, Juan Peña.
El celular de Patricia Benavides: Fiscalía pidió entregarlo de manera voluntaria, pero ella se negó

Delia Espinoza rebatió dicho alegato de la defensa de la exfiscal de la Nación: “Si hay una entrega voluntaria, se hace un acta de recepción, se lacra para posteriormente convocar a una diligencia de deslacrado y de actuación propia, con presencia de los abogados defensores y de la Procuraduría del Estado. […] Definitivamente, nosotros no íbamos a ir más allá. Lo que se pretendía extraer es lo únicamente vinculado a la materia de investigación. […] Como no lo presentó, no hay afectación a su derecho fundamental”.

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