El alcalde de Lima presentó una demanda de amparo y medida cautelar para que se anule el acuerdo que adoptó el Pleno del JNE en el que declaró «inviable» la realización de elecciones complementarias en distritos de Lima donde no se pudo votar.
El juez constitucional de Lima, Jorge Luis Ramírez Niño de Guzmán, precisó, a través de una resolución del primero de junio, que su despacho solo emite sus pronunciamientos con estricta sujeción a la Constitución, la ley y los plazos procesales vigentes, «preservando la independencia e imparcialidad judicial». Esto luego de que la Municipalidad de Lima le pidiera emitir, antes de las elecciones del domingo, un pronunciamiento «con prontitud y celeridad» ante la demanda de amparo presentada contra el JNE.
Como se recuerda, el alcalde Renzo Reggiardo presentó una demanda de amparo y medida cautelar para que se anule el acuerdo que adoptó el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, el último 23 de abril, en el que declaró “inviable” la realización de comicios complementarios en distritos de Lima donde no se pudo votar a raíz de los incidentes registrados en la jornada electoral del domingo 12 de abril.
En la resolución, a la que tuvo acceso RPP, el juez Ramírez Niño de Guzmán también recordó que, conforme al artículo 139, inciso 2, de la Constitución, ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones.
El magistrado remarcó que «sin perjuicio de ello, estando a la naturaleza de la controversia que involucra presuntas afectaciones al derecho constitucional de sufragio y la proximidad de la fecha señalada por la institución remitente, este juzgado viene impulsando los autos conforme a su estado, a fin de emitir la resolución que corresponda con la mayor celeridad que el caso amerita y dentro de los términos de ley».
