Opinión

El crédito fiscal es un obstáculo innecesario: eliminémoslo para que el Estado, la Sunat y las grandes empresas dejen de entorpecer la vida, el trabajo, el crecimiento y la prosperidad de las mypes

Análisis y propuesta técnica desde el sector mypista

Cada 15 de mayo, el Ministerio de la Producción difunde cifras que reflejan la importancia de las micro y pequeñas empresas en el Perú. Los números son contundentes: más de 2 millones 441 mil mypes formales representan el 99.2% del tejido empresarial nacional. Generan 10.3 millones de puestos de trabajo, cifra que se proyecta alcanzará 10.4 millones al cierre de 2026, equivalente al 87% del empleo privado. Sus ventas superaron los S/ 358,947 millones en 2025, con un crecimiento del 3.9%, y su aporte al PBI alcanza el 20.6%.

Estas cifras no son casualidad. Son el resultado del esfuerzo cotidiano de millones de peruanos que, a pesar de las condiciones adversas, sostienen la economía del país.

Sin embargo, estas mismas cifras ocultan una realidad estructural: el sistema tributario actual, específicamente el mecanismo del crédito fiscal del IGV, se ha convertido en uno de los principales obstáculos para el desarrollo de las mypes, generando cargas administrativas desproporcionadas, incentivos perversos al fraude y una relación hostil con el Estado.

El presente artículo propone la eliminación del crédito fiscal para las mypes y su reemplazo por un sistema de retención automática del IGV en tiempo real, acompañado de la derogatoria del Impuesto a la Renta y la simplificación de las obligaciones laborales para este sector. El objetivo no es aumentar la recaudación del Estado (aunque ocurrirá como efecto colateral), sino liberar a las mypes de obstáculos innecesarios para que puedan dedicarse a trabajar, crecer y prosperar.


1. Diagnóstico: El crédito fiscal como fuente de problemas sistémicos

El artículo 20° del Decreto Supremo N° 055-99-EF establece que el crédito fiscal está constituido por el IGV consignado en las facturas de compra de bienes y servicios. En teoría, este mecanismo evita la doble imposición. En la práctica, genera cuatro problemas graves.

1.1. Alta carga administrativa para las mypes

El crédito fiscal obliga a las mypes a:

  • Llevar un registro pormenorizado de todas las compras y ventas.

  • Calcular mensualmente la diferencia entre el IGV cobrado (débito fiscal) y el IGV pagado (crédito fiscal).

  • Presentar declaraciones juradas cada mes (PDT 621).

  • Conservar facturas y comprobantes por un periodo de cuatro años.

  • Contratar servicios contables (cuyo costo mensual puede representar entre el 5% y el 10% de las utilidades de una microempresa).

Según estimados del sector, una mype promedio destina entre 15 y 20 horas mensuales a tareas relacionadas con el cumplimiento tributario. Ese tiempo no se invierte en atender clientes, mejorar productos o capacitar trabajadores. Es tiempo perdido.

1.2. Exposición permanente a multas y fiscalizaciones

El sistema actual es propenso a errores formales. Una factura extraviada, un número mal consignado o una fecha de declaración vencida pueden generar multas que van desde el 50% hasta el 100% del tributo omitido. Para una mype, una multa de S/ 2,000 o S/ 5,000 puede significar varias semanas de ganancias.

Además, la Sunat tiene facultades discrecionales para fiscalizar. El solo anuncio de una fiscalización genera incertidumbre, gastos en asesoría legal y, en muchos casos, el cierre temporal del negocio. Para una mype, una fiscalización de tres meses puede ser la diferencia entre la supervivencia y la quiebra.

1.3. Incentivo al fraude y a la informalidad

El crédito fiscal crea un mercado negro de facturas falsas. Una empresa puede reducir artificialmente su pago de IGV comprando facturas de operaciones inexistentes. Este fenómeno, ampliamente documentado por la propia Sunat, incluye:

  • Tráfico de facturas: Empresas fantasma que emiten comprobantes sin respaldo real.

  • Carrusel tributario: Múltiples empresas que se facturan entre sí en un circuito cerrado para generar créditos fiscales ficticios.

  • Presión a mypes: Grandes empresas que condicionan su pago a la emisión de facturas infladas.

El mypista honesto queda atrapado: si no participa de estas prácticas, compite en desventaja con quienes sí lo hacen. Si participa, comete un delito y queda expuesto a fiscalización.

1.4. Relación antagónica con la Sunat

Para el mypista promedio, la Sunat no es una entidad que orienta o facilita. Es una institución percibida como hostil, cuyos funcionarios llegan con el poder de multar, embargar y liquidar negocios. Esta percepción, validada por innumerables testimonios del sector, genera desconfianza y fomenta la informalidad por miedo al contacto con el fisco.


2. La propuesta técnica: retención automática del IGV sin crédito fiscal

Se propone un cambio de paradigma: eliminar el crédito fiscal para las mypes y reemplazarlo por un sistema de retención automática del IGV en tiempo real, mediante medios de pago digitales.

2.1. Mecanismo operativo

En las compras:

  • La mype adquiere un bien o servicio por un valor de S/ 100 más IGV (18%). Total a pagar: S/ 118.

  • El pago se realiza exclusivamente mediante medios digitales autorizados (billeteras móviles, transferencias bancarias, tarjetas de débito o crédito).

  • El sistema de pagos retiene automáticamente el IGV (S/ 18) y lo transfiere a una cuenta del Tesoro Público.

  • El vendedor recibe únicamente el valor neto del producto (S/ 100).

  • La mype compradora nunca tiene contacto con el IGV: no lo paga, no lo declara, no lo compensa.

En las ventas:

  • La mype vende un bien o servicio por un valor de S/ 200 más IGV (18%). Total a cobrar: S/ 236.

  • El cliente paga mediante medio digital.

  • El sistema retiene automáticamente el IGV (S/ 36) y lo transfiere al Tesoro Público.

  • La mype recibe únicamente el valor neto del producto (S/ 200).

  • La mype nunca toca el IGV. No existe para ella.

Resultado contable para la mype:

  • Su saldo bancario refleja únicamente operaciones netas de IGV.

  • No hay débito fiscal. No hay crédito fiscal. No hay diferencia que calcular.

  • No hay declaración mensual de IGV.

  • No hay riesgo de error en el cálculo.

  • No hay necesidad de contratar contador por obligación tributaria.

2.2. Condiciones habilitantes

Para que este sistema funcione, se requieren tres condiciones:

a) Digitalización obligatoria de las transacciones: Toda operación de compra o venta de una mype debe realizarse mediante medios digitales autorizados. Las transacciones en efectivo no generan efectos tributarios (el vendedor no acredita ingreso, el comprador no acredita gasto), lo que desincentiva la informalidad.

b) Plataforma digital gratuita provista por el Estado: Se debe desarrollar o articular una aplicación simple (similar a Yape o PLIN) que permita facturar, cobrar y pagar en un solo acto, con retención automática del IGV. Sin costo para la mype.

c) Período de transición: Un año de implementación voluntaria seguido de dos años de obligatoriedad progresiva según el nivel de ventas.


3. Eliminación del Impuesto a la Renta para mypes

El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría es otro obstáculo significativo. Las mypes deben:

  • Calcular sus ingresos netos anuales.

  • Presentar declaración jurada anual.

  • Pagar tasas que pueden alcanzar el 29.5% sobre las utilidades.

Se propone derogar el Impuesto a la Renta para todas las mypes, sin condición de monto ni plazo. La justificación es simple:

  • El mypista ya está pagando IGV a través del sistema de retención automática.

  • El mypista no tiene capacidad de elusión fiscal compleja; su contabilidad es sencilla y no justifica el costo administrativo del IR.

  • El dinero que deja de pagar por IR se reinvierte en el negocio, generando más empleo y mayores ventas, lo que a su vez aumenta la recaudación del IGV.

Efecto esperado: Una mype promedio puede ahorrar entre S/ 3,000 y S/ 15,000 anuales en impuesto a la renta y gastos contables asociados. Ese dinero se convierte directamente en inversión, mejora de sueldos o contratación de nuevo personal.


4. Simplificación de las obligaciones laborales

Actualmente, una mype con trabajadores debe:

  • Registrar planillas electrónicas.

  • Declarar y pagar ESSALUD (9% de la remuneración).

  • Declarar y pagar aportes a ONP (13%) o AFP.

  • Constituir y depositar CTS (equivalente a una remuneración anual).

  • Pagar gratificaciones (dos al año).

Cada una de estas obligaciones implica plazos, formularios y riesgo de multa. Se propone reemplazar este sistema por un mecanismo de financiamiento con cargo al IGV retenido.

Mecanismo propuesto:

  • Del total del IGV recaudado por el Estado a través del sistema de retención automática, se destina un porcentaje (por ejemplo, 35%) a un fondo único.

  • Ese fondo financia:

    • El seguro de salud del trabajador (equivalente al actual ESSALUD).

    • El aporte a un sistema de pensiones básico (similar a la ONP o AFP).

    • La CTS y las gratificaciones, depositados en una cuenta individual del trabajador.

  • La mype no declara ni paga nada adicional. Su única obligación laboral es registrar a sus trabajadores en el sistema (nombre, DNI, remuneración acordada) y pagarles puntualmente su sueldo acordado.

Beneficio: La mype se libera por completo de las cargas administrativas y financieras asociadas a la planilla. El trabajador no pierde beneficios. El Estado mantiene los fondos de seguridad social.


5. Análisis de impacto esperado

5.1. Para las mypes

Indicador Situación actual Con la propuesta
Horas mensuales en trámites tributarios 15 a 20 0 a 2
Costo contable mensual promedio S/ 300 a S/ 800 S/ 0 a S/ 200 (voluntario)
Riesgo de multa por error formal Alto Casi nulo
Pago de Impuesto a la Renta Obligatorio Eliminado
Obligaciones laborales declarativas Múltiples (planillas, ESSALUD, AFP, CTS) Una sola: registro de trabajadores
Percepción de la Sunat Hostil Neutral o técnica

5.2. Para el Estado

Indicador Situación actual Con la propuesta
Evasión por crédito fiscal Alta (estimada en 15% a 20% del IGV potencial) Casi nula
Costo de fiscalización a mypes Alto Mínimo
Recaudación del IGV Parcial, con morosidad En tiempo real, con retención automática
Informalidad estimada Cerca del 40% en mypes Reducción significativa (estimada en 15 a 20 puntos porcentuales)

5.3. Para los trabajadores

Indicador Situación actual Con la propuesta
Acceso a seguro de salud Depende de que la mype declare y pague Garantizado por el fondo con cargo al IGV
Acceso a pensión Depende de la declaración de la mype Garantizado
CTS y gratificaciones Depende del cumplimiento de la mype Garantizado por el fondo
Estabilidad laboral Frágil por informalidad Mayor estabilidad por formalización

6. Respuesta a objeciones previsibles

Objeción 1: «El Estado perdería recaudación»

Respuesta: No pierde. Gana. Al eliminar el crédito fiscal, se elimina la principal vía de evasión. La retención automática asegura que el IGV se cobre en cada transacción. La mayor formalización amplía la base tributaria. La experiencia internacional muestra que sistemas similares aumentan la recaudación.

Objeción 2: «Las mypes dejarían de pagar impuestos»

Respuesta: Falso. Siguen pagando IGV, solo que de manera automática. Lo que dejan de pagar es el Impuesto a la Renta (que para la mayoría es un monto pequeño pero con un costo administrativo alto) y las cargas sociales como declaración separada (siguen financiándose, pero con cargo al IGV).

Objeción 3: «Las grandes empresas no aceptarían perder el crédito fiscal»

Respuesta: No se les pide que lo pierdan de inmediato. La propuesta se aplica primero a las mypes y a las transacciones entre mypes y consumidores finales. Para transacciones entre grandes empresas, puede mantenerse el sistema actual o migrarse gradualmente. El crédito fiscal no es un derecho natural; es un mecanismo técnico que puede rediseñarse.

Objeción 4: «No todas las mypes tienen acceso a medios digitales»

Respuesta: Es cierto hoy. Por eso la propuesta incluye un período de transición y la provisión estatal de una plataforma gratuita y sencilla. El Estado ya ha demostrado capacidad para masificar el uso de billeteras móviles (Yape y PLIN alcanzaron millones de usuarios en pocos años). No hay excusa técnica.


7. Conclusión y llamado a la acción

Las mypes no piden subsidios. No piden condonaciones. No piden tratos preferenciales.

Piden algo más simple y más profundo: que el Estado, la Sunat y las grandes empresas dejen de obstaculizar su vida, su trabajo, su crecimiento y su prosperidad.

El crédito fiscal, concebido originalmente como un mecanismo técnico, se ha convertido en un obstáculo estructural que genera carga administrativa, incentiva el fraude y envenena la relación entre el fisco y el pequeño empresario.

La solución existe, es técnicamente viable, y beneficia a todas las partes: las mypes ganan tiempo y tranquilidad; el Estado gana recaudación y reduce costos de fiscalización; los trabajadores ganan formalidad y certeza; y la economía en su conjunto gana dinamismo.

Se invoca a los responsables de la política tributaria y económica del país —Poder Ejecutivo, Ministerio de Economía y Finanzas, Sunat, Congreso de la República— a considerar seriamente esta propuesta. No como una concesión gremial, sino como una reforma estructural de alto impacto.

No se pide menos Estado. Se pide un Estado que no estorbe. No se pide no pagar impuestos. Se pide un sistema que no ahogue al que genera empleo. No se pide privilegio. Se pide simplicidad.

Elimínese el crédito fiscal para las mypes. Implántese la retención automática del IGV. Deróguese el Impuesto a la Renta para este sector. Simplifíquense las obligaciones laborales hasta convertirlas en un mero registro.

Y déjeseles trabajar.

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