La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) confirmó la sanción impuesta a Fuerza Popular por utilizar recursos del financiamiento público directo para fines distintos de los establecidos en la Ley de Organizaciones Políticas.
Mediante la Resolución Jefatural-PAS N.° 000028-2026-JN/ONPE, emitida el 22 de junio, el organismo electoral declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la agrupación política contra una primera decisión adoptada el pasado 5 de mayo.

Además, la sanción comprende una multa de 36 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a S/198 mil, y la pérdida del 50% del financiamiento público directo correspondiente a la asignación semestral que se encuentre vigente cuando la resolución adquiera la condición de cosa decidida.
Desde Fuerza Popular señalaron a RPP que este caso está siendo impugnado y será el Jurado Nacional de Elecciones quien se pronuncie en última instancia administrativa. «Lamentamos que el personal de la ONPE no conozca lo que regula la ley peruana en la materia. Cabe señalar que esta no será la primera vez que el JNE o incluso el Poder Judicial le enmienden la plana a este ente administrativo», indicaron.
Los argumentos de Fuerza Popular
En su recurso de reconsideración, Fuerza Popular solicitó que se revoque la sanción y que la ONPE reconozca como válidos los gastos observados. La agrupación cuestionó el procedimiento seguido por el organismo electoral y defendió que las actividades y pagos efectuados sí podían financiarse con recursos públicos.
En primer lugar, Fuerza Popular sostuvo que la ONPE utilizó información obtenida de una página web sin haberla comunicado previamente durante el procedimiento. El partido calificó esos elementos como una “prueba oculta” o “prueba clandestina” y alegó que su incorporación le generó indefensión y vulneró su derecho a contradecir las pruebas utilizadas en su contra. Según la agrupación, esta actuación constituía una causal para declarar la nulidad del procedimiento sancionador.
Sobre la actividad denominada “Capacitación, conferencias e intercambio académico en el Estado de California, Estados Unidos”, Fuerza Popular rechazó que se tratara solamente de visitas institucionales: “No se trató de ‘meras visitas protocolares’, sino de un formato moderno de transferencia de conocimientos de vanguardia e intercambio académico”, sostuvo la agrupación en su recurso, según la resolución.
El partido argumentó que una capacitación no necesariamente debe desarrollarse mediante un curso tradicional, con una estructura curricular, docentes identificados y certificación. En su posición, las visitas a empresas tecnológicas e instituciones estadounidenses permitieron conocer experiencias útiles para el diseño de políticas públicas sobre innovación, gobierno digital, acceso a internet e inteligencia artificial.
Fuerza Popular también señaló que corresponde a cada organización política determinar los conocimientos que necesitan sus cuadros. Por ello, consideró que la ONPE no podía convertirse en un “filtro” para decidir qué contenidos académicos eran “útiles o no”, pues ello supondría, según el partido, un riesgo de “dirigismo estatal y censura indirecta”: «La OP es quien determina qué conocimientos, experiencias o competencias globales requieren sus cuadros para gobernar el país o
legislar eficientemente, si determina que para solucionar la brecha digital, implementar un gobierno electrónico o legislar sobre inteligencia artificial sus cuadros deben conocer in situ el funcionamiento de corporaciones tecnológicas líderes y el funcionamiento del Capitolio de California, la ONPE no puede interferir en su decisión», señala el documento.
“The Leader’s Fellowship”
Respecto de la actividad denominada “The Leader’s Fellowship”, Fuerza Popular sostuvo que fue una experiencia de capacitación integral relacionada con ética, liderazgo, salud, educación, derechos humanos y libertad de conciencia, materias que, según el partido, deben conocer quienes aspiren a ejercer funciones públicas.
La agrupación rechazó que el componente espiritual o religioso impidiera considerar la actividad como una capacitación política. En su recurso alegó que descalificarla porque sus organizadores y participantes profesaban una fe constituía “un acto de discriminación indirecta y un sesgo ideológico”.
Maestría en Gestión Pública
Finalmente, Fuerza Popular cuestionó que la ONPE observara el financiamiento de una maestría en Gestión Pública porque el programa terminaría después del quinquenio para el cual se entregaron los recursos.
El partido diferenció el momento en que se efectuó el gasto de la fecha en que culminaría la prestación educativa. Sostuvo que la ley exige que el dinero sea utilizado dentro del quinquenio, pero no establece que el programa académico también deba terminar durante ese periodo.
Fuerza Popular también afirmó que restringir la contratación de programas cuya ejecución se prolongue más allá del quinquenio impediría acceder a maestrías o especializaciones durante los últimos años del periodo: «La tesis de la ONPE inviabiliza la gestión partidaria sobre: contratos de
naturaleza compleja, debido a que las maestrías o programas de alta especialización son de tracto sucesivo y ejecución diferida, pretender que solo se contraten si terminan antes de que expire el quinquenio impediría la matrícula en los últimos años», se señala en el documento.

ONPE descarta que se hayan utilizado pruebas ocultas
Frente al argumento de Fuerza Popular de que se habían empleado pruebas que no conocía, la ONPE sostuvo que las referencias a las páginas web y a los documentos de las instituciones responsables de las actividades ya habían sido incorporadas en actuaciones administrativas notificadas previamente al partido.Según la entidad, Fuerza Popular recibió el informe de actuaciones previas, la resolución que inició el procedimiento y el informe final de instrucción.
“No hubo ninguna ‘prueba oculta’ o ‘prueba clandestina’”, señaló la ONPE. La resolución añade que el partido conocía previamente los elementos empleados en el procedimiento, por lo que “no hubo indefensión” y se garantizó su derecho de defensa.
Además, como fundamento general, la ONPE sostuvo que el financiamiento público directo proviene de recursos del Estado y, por tanto, debe utilizarse únicamente para los fines establecidos en la Ley de Organizaciones Políticas y en su reglamento.
La entidad reconoció que los partidos tienen autonomía para elegir las actividades que consideren convenientes. Sin embargo, precisó que esa autonomía no implica que cualquier actividad pueda financiarse con dinero público.
La resolución señala que, cuando una organización desea tener mayor libertad para elegir sus actividades “sin mayor intervención por parte del Estado”, puede emplear financiamiento privado.
Actividad realizada en California
Respecto de la actividad denominada “Capacitación, conferencias e intercambio académico en el Estado de California, Estados Unidos”, la ONPE aclaró que no exigía que una capacitación tuviera necesariamente un formato tradicional, con clases en un aula, docentes o una estructura curricular determinada.
El cuestionamiento, según la resolución, era que la actividad no cumplía los parámetros legales aplicables a una capacitación técnica destinada a preparar ciudadanos para asumir funciones públicas. Además, señaló que Fuerza Popular no aportó documentos que demostraran cuáles habían sido los contenidos técnicos impartidos, los resultados académicos obtenidos o su aplicación concreta.
“En ese sentido, no se entiende como visitas protocolares a entidades sostendrán de forma técnica a un cuadro político; estando demostrado que gran parte de la actividad analizada constaba de visitas protocolares, es decir, se utilizó recursos públicos para esas visitas sin que en sí mismas formen técnicamente a un cuadro político para que asuma un cargo o esté preparado en civismo y democracia. Este es el hecho objetivo, independientemente de que, al parecer de la OP, si hay una contribución técnica al visitar y observar la modernidad de otras realidades» , afirmó la ONPE
Asimismo, indicó que el informe elaborado por Fuerza Popular contenía afirmaciones sobre el aprendizaje obtenido, pero no incluía pruebas o indicadores que permitieran acreditar el carácter académico de la actividad: “Visitar lugares no es suficiente para capacitar a la OP de acuerdo a los parámetros normativos”, concluyó la ONPE
