Opinión

Pier Paolo Marzo R.: ¿Qué hacer ante las normas del fujimorismo en favor de las AFPs y en nuestra contra?

El sábado 13 y el domingo 14 de septiembre, cientos de ciudadanos y ciudadanas salieron a las calles de Lima, Piura, Trujillo y Puno, para protestar contra la reforma pensionaria impulsada por el fujimorismo, a los pocos días de su entrada en vigencia. Una vez más, las fuerzas del régimen bloquearon el acceso al perímetro del edificio principal del Congreso de la República, generando al menos dos heridos y dos detenidos. Hubo una importante participación de jóvenes que se pasaron la voz a través de plataformas electrónicas.

Lo que no es de extrañar, pues la normativa aprobada, la Ley Nº 32123 con su reglamento, el Decreto Supremo Nº 189-2025-EF, por un lado, hace obligatorios los aportes pensionarios desde los 18 años; y por otro, bloquea la posibilidad de disponer de los fondos que se generen, para las personas de menos de 40 años. Antes existía la posibilidad de retirar el 95 % del fondo acumulado al retirarse, ya sea a los 65 años o la que se solicitaba anticipadamente a partir de los 50 -que ahora se posterga hasta los 55-. Las normas actuales también mantienen la obligación de entregarle a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) una comisión fija, adicional al aporte, al margen de si los fondos que administran crecen o disminuyen con su administración. Además, obliga a los trabajadores independientes que emiten recibos por honorarios a realizar aportes previsionales a partir de 2028, con un descuento inicial del 2% que aumentará progresivamente hasta 5% en 2034. Y establece un aporte por consumo del 1% sobre boletas electrónicas, hasta un máximo de 700 soles mensuales, que entrará en vigor en enero de 2027. Y, aunque se eleva la pensión mínima de a 600 soles para quienes aporten 20 años, 400 soles para quienes aporten de 15 a 19 años y 300 soles para los que aporten entre 10 y 14 años, se establece que la cubrirá el Estado a través de la ONP. Es decir, descarga a las AFPs de obligaciones pensionarias, a pesar de que les asegura la administración de nuestros aportes por décadas hasta nuestra jubilación, cerrando toda posibilidad de contar con ellos. En suma, a pesar de lo que dice su nombre “Ley de modernización del sistema previsional peruano”, se trata de una norma anti moderna y anti ciudadana, centrada en asegurar un flujo de dinero hacia las AFPs.

Cabe recordar que la cuestionada ley se aprobó con apenas 38 votos a favor en el Congreso, provenientes de Fuerza Popular, Alianza por el Progreso, Avanza País, Somos Perú y Acción Popular y bancadas aliadas. Es decir, carece de legitimidad aún con los bajísimos estándares de este Congreso.

Ante este escenario, la ciudadanía debe mantener la presión para derogar la Ley Nº 32123. Actualmente hay una iniciativa en ese sentido de la congresista Sigrid Bazán. Cabe recordar que ella impulsó desde la Comisión de Trabajo del Congreso, una normativa alternativa que reemplazaba los dos modelos paralelos actuales, el de la ONP y el de las AFPs, por uno solo en varias capas: una de aporte del Estado – lo que ahora es Pensión 65 -, otra de contribuciones universales obligatorias solidarias, de trabajadores y empleadores, gestionado por una entidad especializada, como la actual Oficina de Normalización Previsional (ONP) – cuyos fondos deben blindarse adecuadamente -; una tercera que es la de fondos individuales a cargo de AFPs, como ahora, aunque con mayor competencia y aportes de empleadores; y una cuarta capa de aportes voluntarios, con mayor flexibilidad para disponer de los mismos. Esta propuesta tiene similitudes con las reformas de México el 2024 y Chile este 2025.

Y si la mayoría congresal se resiste a derogar la ilegítima normativa que deriva parte de nuestros ingresos a 4 AFPs, sin posibilidad de contar con ellos, corresponde generar una nueva composición congresal sin representantes de los partidos políticos que secuestraron nuestros ingresos, en el marco de una liberación del actual régimen y la instauración de uno con fundamentos democráticos.

 

 

 

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