Política

La importancia de una sentencia, para limitar el abuso de la difamación contra Verónika Mendoza

El Poder Judicial dictó reserva de fallo condenatorio por un año y ordenó el pago de S/ 40 mil como reparación civil a favor de la excongresista. La decisión marca un precedente en casos de agravios en el debate político.

Resolución del 12° Juzgado Penal Unipersonal de Lima que dispone reserva de fall
Resolución del 12° Juzgado Penal Unipersonal de Lima que dispone reserva de fall (Composición Exitosa)
El 12° Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Lima sentenció en primera instancia a Carla García Buscaglia por el delito de difamación agravada en agravio de la excandidata presidencial, Verónika Mendoza. La magistrada dispuso la reserva de fallo condenatorio por el plazo de un año, sujeta a reglas de conducta, y fijó una reparación civil de S/40 000.

La resolución establece que, durante ese periodo, la sentenciada no podrá variar de domicilio ni ausentarse de la ciudad sin autorización judicial. Además, deberá presentarse cada 30 días ante la oficina de control biométrico para registrar su firma y deberá cometer un nuevo delito doloso. También deberá cumplir con el pago de reparación civil en cuatro cuotas mensuales de S/10 000 cada una. 

Razón de la querella

Comprendiendo la causa, el último 12 de febrero, García afirmó durante una entrevista que Mendoza había habilitado a personas vinculadas al terrorismo; usando terminos a ella como «terruca» y «terrucaza», asegurando que era «prima de terroristas», con quienes comparte el mismo ADN, también sugiriendo que sus «amigos» están detrás del asesinato de policías.

El juzgado determinó estas acusaciones encajan con el delito contra el honor en la modalidad de difamación agravada, tipificado en el Código Penal. De incumplirse las reglas impuestas, la reserva podría revocarse y ejecutarse la condena correspondiente.

Reacción tras el fallo

Tras conocerse la decisión judicial, Verónika Mendoza se pronunció en sus redes sociales y destacó que el fallo confirma que la libertad de expresión no ampara la difamación ni los ataques personales. Señaló que la política debe ejercerse con responsabilidad y respeto, incluso en medio de fuertes discrepancias.

La excongresista sostuvo que el debate democrático no puede basarse en afirmaciones que dañen la reputación de las personas sin pruebas. Diversos usuarios reaccionaron al anuncio, generando un intenso intercambio de opiniones en redes sociales.

Resolución emitida por el Poder Judicial.
Resolución emitida por el Poder Judicial.

Un precedente en el debate político

El caso vuelve a poner en discusión los límites entre la crítica política y la afectación del honor. En un contexto de alta polarización, los tribunales vienen recordando que el ejercicio de la opinión pública tiene responsabilidades legales claras.

Si bien se trata de una sentencia en primera instancia y aún puede ser apelada, la decisión envía un mensaje claro: el debate público no está exento de consecuencias cuando se cruzan líneas legales. Para Mendoza, el fallo refuerza la idea de que la defensa del honor es compatible con la libertad de expresión. Para el escenario político, representa un llamado de atención sobre la forma en que se desarrollan las confrontaciones en la arena pública.

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