¿Con qué autoridad moral puede sancionar a jueces y fiscales una institución que hoy enfrenta serios cuestionamientos sobre la permanencia de su propio presidente?
Hay situaciones que parecen salidas de una novela de Franz Kafka. El caso que protagoniza actualmente la Junta Nacional de Justicia es una de ellas.
La institución encargada de nombrar, ratificar y eventualmente destituir a jueces y fiscales se encuentra ella misma enfrentada a cuestionamientos sobre la permanencia de uno de sus integrantes en la presidencia.
Y lo más desconcertante es que, en lugar de producirse una reflexión profunda sobre la legitimidad y autoridad moral de la institución, el Pleno de la JNJ decidió ratificar a Gino Ríos como presidente, pese a que previamente se había tramitado un pedido de vacancia relacionado con una sentencia de violencia familiar y con cuestionamientos sobre información consignada durante su postulación.
Según informó RPP, cuatro miembros de la JNJ votaron a favor de su permanencia y dos en contra.
Pero aquí aparece la pregunta que debería estremecer a la institución:
¿Con qué autoridad ética y moral puede la JNJ resolver los casos de jueces y fiscales si ella misma no consigue despejar satisfactoriamente los cuestionamientos que afectan a uno de sus máximos representantes?
La ley no debería tener dos medidas
La Ley Orgánica de la JNJ establece expresamente que el presidente es elegido por un período de un año y que, vencido ese período, no puede ser reelegido.
No estamos, por tanto, ante una cuestión decorativa.
La presidencia de la JNJ no es un cargo protocolar. Quien la ejerce representa a una institución que tiene entre sus principales atribuciones nombrar jueces y fiscales, ratificarlos y aplicarles la sanción de destitución.
Estamos hablando de una de las instituciones más poderosas del sistema de justicia peruano.
Precisamente por eso, quienes ocupan sus cargos deberían ser los primeros interesados en despejar cualquier duda sobre su propia idoneidad.
No basta con decir que se actuó conforme a la ley. Hay que demostrarlo.
La JNJ juzga a los demás, pero ¿quién juzga a la JNJ?
Esta es la pregunta que el Perú debería hacerse.
La JNJ fue creada precisamente para evitar que el poder político controle arbitrariamente el sistema de justicia.
Su función es de enorme trascendencia: seleccionar a quienes administran justicia y a quienes ejercen la función fiscal, evaluar su desempeño, ratificarlos y, cuando corresponde, destituirlos.
Es decir, la JNJ controla a quienes controlan la justicia.
Pero en una democracia constitucional también debe existir una respuesta para una pregunta elemental:
¿Quién controla a quienes controlan?
Porque ninguna institución puede pretender que su autonomía constitucional significa ausencia de control.
Autonomía no es impunidad.
Independencia no es inmunidad.
Y una función constitucional no convierte a sus titulares en personas intocables.
El problema de la legitimidad
Supongamos que la JNJ tiene razón jurídicamente en su decisión respecto de Gino Ríos.
Supongamos que todos los cuestionamientos fueron analizados y que, finalmente, se concluyó que no existía causal suficiente para declarar la vacancia.
Perfecto.
Pero incluso en ese escenario queda una cuestión política e institucional que no puede ignorarse:
¿Tiene la JNJ la suficiente legitimidad moral para imponer las sanciones más graves a otros magistrados cuando su propia composición y sus propias decisiones están bajo cuestionamiento?
La respuesta debería ser absolutamente clara.
Porque cuando un juez sanciona a otro, esperamos que su conducta sea ejemplar.
Cuando un fiscal acusa a otro, esperamos integridad.
Y cuando una institución tiene el poder de sacar de sus cargos a jueces y fiscales, esperamos de sus integrantes una conducta por encima de toda sospecha razonable.
No porque sean perfectos.
Sino porque su autoridad depende precisamente de la confianza pública.
El caso de los jueces y fiscales incómodos
Y aquí la situación se vuelve todavía más delicada.
En los últimos tiempos, la JNJ ha adoptado decisiones que han provocado fuertes controversias en el sistema de justicia.
Magistrados han sido removidos, reincorporados o sometidos a procedimientos disciplinarios en medio de intensas disputas institucionales y políticas.
Y cuando una decisión afecta a un juez o fiscal considerado incómodo para determinados sectores del poder, surge inmediatamente la sospecha de que detrás de la actuación institucional puede existir una motivación política.
No corresponde afirmar, sin pruebas, que cada decisión de la JNJ responde a una consigna política.
Pero sí corresponde hacer una pregunta:
¿Qué garantías tiene la ciudadanía de que esas decisiones se adoptan exclusivamente con criterios jurídicos y no responden a las correlaciones de poder del momento?
Esa pregunta es legítima.
Y cuanto mayor es el poder de una institución, mayor debe ser su obligación de responderla.
La doble vara destruye las instituciones
El problema de fondo es el doble estándar.
Cuando una institución sanciona a otros, se invoca la ley.
Cuando esa misma institución es cuestionada, aparecen inmediatamente los argumentos sobre autonomía, independencia, competencia y posibles interferencias.
Pero la democracia no funciona así.
La independencia que uno exige para sí debe ser la misma que está dispuesto a reconocer al adversario.
El debido proceso que uno reclama cuando es investigado debe ser el mismo que garantiza cuando investiga.
Y la legalidad que uno invoca para justificar una decisión debe ser la misma que respeta cuando la decisión perjudica sus intereses.
De lo contrario, estamos ante una democracia de conveniencia.
¿Y el Colegio de Abogados de Lima?
En este contexto adquiere especial interés el reciente enfrentamiento entre la JNJ y el Colegio de Abogados de Lima.
La JNJ ha sostenido que el CAL carece de competencia para suspender provisionalmente a cinco de sus integrantes y que una medida gremial no puede interferir con sus funciones constitucionales.
Es un argumento que merece ser examinado jurídicamente.
Pero también permite formular otra pregunta:
Si la JNJ considera que nadie puede utilizar mecanismos disciplinarios para presionar o interferir en el ejercicio de una función constitucional, ¿aceptará ese mismo principio cuando las decisiones de otros órganos constitucionales cuestionen a sus propios integrantes?
La respuesta debería ser sí.
Siempre.
No solamente cuando conviene.
La autoridad moral también se construye
Una institución como la JNJ puede tener competencias constitucionales perfectamente definidas y, sin embargo, perder autoridad moral.
Porque la autoridad no nace únicamente de una ley.
También nace de la conducta de quienes ejercen el cargo.
La ley puede decir que la JNJ tiene atribuciones para nombrar y destituir magistrados.
Pero para que esas decisiones sean respetadas por la sociedad necesitan algo más:
credibilidad.
Y la credibilidad se pierde cuando la ciudadanía percibe que quienes aplican las reglas a los demás encuentran excepciones cuando las reglas llegan a sus propias puertas.
El peligro de la concentración del poder
Este asunto tampoco puede analizarse aisladamente del momento político que vive el país.
Cuando diferentes instituciones del Estado comienzan a concentrar poder y los mecanismos de control se debilitan, el riesgo no está solamente en una decisión equivocada.
El riesgo está en que nadie tenga capacidad real para corregirla.
Una JNJ debilitada moralmente es peligrosa.
Un Congreso sin controles es peligroso.
Un Ministerio Público sin controles es peligroso.
Un Poder Judicial sin controles es peligroso.
Pero también es peligroso un sistema en el que todas las instituciones se controlan entre sí únicamente cuando sus intereses chocan.
La democracia necesita algo más difícil:
controles institucionales que funcionen incluso cuando nadie tiene interés en que funcionen.
La pregunta que queda pendiente
Gino Ríos tiene derecho a defenderse.
Los demás miembros de la JNJ tienen derecho a explicar y justificar su voto.
El Pleno tiene derecho a sostener que actuó conforme a la ley.
Pero los ciudadanos también tienen derecho a preguntar.
Y la pregunta es sencilla:
¿Con qué legitimidad una institución que tiene el poder de retirar a jueces y fiscales de sus cargos puede exigir a los demás estándares de idoneidad, integridad y respeto irrestricto de la ley si ella misma no consigue despejar convincentemente los cuestionamientos que afectan a su propia conducción?
No se trata de pedir privilegios para los magistrados.
Se trata exactamente de lo contrario.
Se trata de exigir para todos el mismo estándar.
Si un juez debe responder por sus actos, que responda.
Si un fiscal debe responder por sus actos, que responda.
Si un miembro de la JNJ debe responder por sus actos, que responda.
Y si el presidente de la JNJ enfrenta una causal que legalmente le impide continuar en el cargo, que se aplique la ley.
Pero si no existe tal causal, que también se explique con absoluta transparencia por qué.
La peor señal sería que nadie pueda cuestionarlos
Una democracia sana no teme al cuestionamiento.
Una institución sólida no necesita blindarse frente a las preguntas.
Una autoridad legítima no teme rendir cuentas.
Por eso, quizás el verdadero problema de la JNJ no sea solamente quién ocupa su presidencia.
El problema es qué nivel de confianza puede tener una ciudadanía que observa cómo quienes tienen el poder de decidir el destino de jueces y fiscales aparecen, a su vez, envueltos en controversias sobre su propia legitimidad.
Y aquí aparece la paradoja.
Los guardianes de la justicia también necesitan guardianes.
Porque si quienes vigilan a los demás terminan creyendo que nadie puede vigilarlos a ellos, la institución deja de ser un mecanismo de equilibrio y comienza a convertirse en un nuevo centro de poder.
Y eso es precisamente lo que una democracia no debería permitir.
No se trata de defender a Gino Ríos.
Tampoco de atacar a los demás miembros de la JNJ.
Se trata de defender algo mucho más importante: la igualdad ante la ley y la legitimidad de las instituciones que administran el poder público.
Porque cuando quienes sancionan a los demás empiezan a encontrar razones para no aplicarse a sí mismos el mismo rigor, la pregunta ya no es solamente jurídica.
Es ética.
Y quizá sea allí donde comienza lo verdaderamente kafkiano de esta historia.
La medicina que la JNJ administra a los demás acaba de llegar a su propia mesa. Ahora corresponde ver si está dispuesta a tomarla.
